En este informativo podrás conocer más detalles sobre cómo pueden las personas residentes en el exterior inscribirse para votar en las elecciones del 2024.

Para las próximas elecciones del 4 de febrero de 2024, las personas salvadoreñas que residen en el exterior podrán participar mediante el voto electrónico, según la Ley Especial para el Ejercicio del Sufragio en el Extranjero.

La ley establece dos mecanismos para que los connacionales puedan ser parte de los comicios:

  • A través de un sistema de voto remoto por internet
  • Voto electrónico presencial

¿Cómo acreditar la nacionalidad salvadoreña?

Se garantiza el derecho a votar para toda persona que acredite su nacionalidad salvadoreña por medio de:

  • Documento Único de Identidad.
  • Pasaporte nacional o extranjero.
  • Certificación de Partida de Nacimiento expedida en cualquier municipio de la república.
  • Resolución que acredite su nacionalidad salvadoreña por naturalización.

¿Quién puede votar de manera remota?

Esta modalidad podrán ejercerla solamente los/as salvadoreños/as si su Documento Único de Identidad (DUI) tiene dirección en el extranjero. Tendrán un período 30 días para realizarlo.

Voto presencial

Los salvadoreños cuyo DUI tengan domicilio en El Salvador o cuando voten con pasaporte nacional, podrán hacerlo de manera presencial, llegando a los consulados, oficinas diplomáticos o establecimientos en donde se instalen juntas receptoras de votos con dispositivos de votación electrónica.

¿Qué hacer para registrarse?

El Registro Electoral para el voto electrónico en cualquiera de sus modalidades se creará a partir de los datos provenientes del Registro Nacional de las Personas Naturales y de la Dirección General de Migración y Extranjería y del Ministerio de Relaciones Exteriores o la autoridad competente.

A diferencia de la asignación de votos en la elección nacional, para quienes participen el exterior de manera remota serán asignados a San Salvador. Los sufragios de la votación presencial serán asignados al lugar correspondiente, como en la votación dentro del territorio nacional.

Para quienes voten en el exterior, podrán hacerlo con DUI o pasaporte, vigente o vencido.

Puedes encontrar más detalles sobre la Ley Especial para el Ejercicio del Sufragio en el Extranjero: https://bit.ly/3NWnVOn

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Fuentes de consulta: