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En el siguiente informativo conocerás sobre la Ley de Protección y Bienestar Animal, su finalidad y las sanciones. Además de algunos lugares donde puedes denunciar.

La Ley Especial de Protección y Bienestar Animal tiene como objeto garantizar el bienestar, la protección y el cuidado de los animales de compañía y de animales silvestres. Reconoce jurídicamente su condición de seres vivos, capaces de experimentar alegría, sufrimiento, dolor y reflejar emociones.

Con ella se busca la protección integral contra todo acto de crueldad causado o permitido por las personas, directa o indirectamente. Para prevenir que les ocasione sufrimiento, lesiones físicas o hasta la muerte. Para el caso especial de los animales silvestres, se deben garantizar las condiciones de refugio y hábitat adecuados.

¿Qué es el maltrato animal?

Según la ley, es toda acción u omisión realizada deliberadamente por cualquier persona que ocasione sufrimiento innecesario, dolor, lesión o muerte a un animal. No incluye el sufrimiento causado con propósito de beneficiar a un animal en el manejo inmediato de una situación de emergencia.

¿Qué prohíbe la ley?

  • La cría, la hibridación y el adiestramiento de animales de compañía con el propósito de aumentar su peligrosidad.
  • Que los propietarios, poseedores o encargados de animales de compañía promuevan, organicen o lleven a cabo espectáculos y/o toda aquella actividad que provoque peleas entre ellos, ya sean públicas o privadas, con o sin fines de lucro.
  • Ejecutar la modificación o mutilación estética en animales de compañía, salvo en aquellos casos en que por diagnóstico veterinario sea requerido un procedimiento quirúrgico.

¿Qué sanciones implica el maltrato animal?

Debido a que las conductas agresivas hacia animales de compañía aumentaron, se incorporó al Código Penal de El Salvador conductas que generen daños hacia ellos o que impliquen muestras de violencia.

El artículo 261-A expresa lo siguiente:

El que por acción u omisión provoque o genere maltrato, causándole lesiones, dolor, sufrimiento, daño permanente o menoscaben el bienestar animal o realice conductas zoofílicas en contra de animales de compañía, animales abandonados, domésticos y aquellos que temporal o permanentemente viven o estén bajo control humano, será sancionado con pena de prisión de dos a cuatro años. La pena de prisión podrá ser conmutable de conformidad a lo establecido en el Art. 74 y siguientes del Código Penal.

Las penas se aumentarán hasta en una tercera parte del máximo previsto en el inciso anterior cuando concurra alguna de las circunstancias siguientes:

a) Medie ensañamiento.

b) Causando al animal la pérdida o la inutilidad de un sentido, órgano o miembro principal.

c) Los hechos se hubieran ejecutado en presencia de un menor de edad.

  • Puedes conocer más detalles sobre esta reforma en el siguiente enlace: https://bit.ly/3Qb4nX0
  • De igual forma, puedes identificar todas las infracciones que estipula la ley y las sanciones en el enlace a continuación: https://bit.ly/3QuKcTK

¿Dónde puedes denunciar si conoces casos de maltrato animal?

  • Instituto de Bienestar Animal: es la institución que vigila y regula el cumplimiento de la Ley de Bienestar Animal en El Salvador. Puedes escribirles mediante su página de Facebook al siguiente enlace: https://www.facebook.com/ibasv/
  • Alcaldías: puedes comunicarte con la alcaldía donde está ocurriendo la situación de maltrato, ya que estas instancias estarán dando seguimiento a las denuncias.
  • Ministerio de Agricultura y Ganadería: para casos de animales domésticos puedes comunicarte directamente con la Unidad de Bienestar Animal del Ministerio de Agricultura y Ganadería al WhatsApp 2210-3334.

Si conoces algún caso donde consideras que algún animal está siendo expuesto a conductas agresivas, puedes ponerte en contacto con alguna de estas instancias. De igual forma, es importante educar y hacer conciencia sobre el respeto y cuidado a los animales desde la niñez, adolescencia y personas adultas.

Nota: si deseas recibir apoyo psicosocial u orientación sobre diferentes opciones de servicios en el país identificados en Cuéntanos, puedes escribirnos por WhatsApp https://wa.me/50377874224, Facebook Messenger o Instagram, todos los días de 7:00 a.m. a 7:00 p.m.

Fuentes de consulta