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En el siguiente informativo encontrarás los requisitos para solicitar el carnet de minoridad y los pasos para tramitarlo.

Toda persona tiene derecho a una identidad que la individualice de las demás. En el caso de las y los menores de edad, generalmente el documento con el que cuentan es la certificación de partida de nacimiento.

Actualmente existe la Ley de Identificación Personal para las y los menores de edad, que les permite obtener un carnet que contenga los datos esenciales para identificarse y es proporcionado desde las alcaldías.

¿Para qué sirve?

  • Identificarse en trámites legales o académicos, además de la partida de nacimiento.
  • Para obtener el Documento Único de Identidad (DUI) cuando alcance los 18 años de vida.
  • Abrir cuentas de ahorro.
  • Asentar hijos/as.
  • Identificarse ante cualquier autoridad.

Requisitos

  • Tener más 10 y menos 18 años.
  • Ser solicitado en la alcaldía del municipio de residencia.
  • Para tramitarlo debe presentarse el niño, niña o adolescente.
  • Entregar dos fotografías recientes tamaño cédula, blanco y negro o a color.
  • Presentar certificación de su partida de nacimiento.
  • Entregar DUI de madre o padre.
  • En algunos municipios pueden solicitar un recibo ya sea de agua, luz, teléfono o de impuestos municipales del lugar donde reside.

¿Qué datos contiene el carné?

  • Número correlativo de orden.
  • Nombre y apellidos.
  • Lugar y fecha de nacimiento.
  • Nombre y apellidos de madre o padre, depende cada caso.
  • Dirección de residencia.
  • Nombre del centro de estudio o de trabajo.
  • Una fotografía de frente reciente, con el sello de la alcaldía donde se tramitó.
  • Indicación del color de la piel, ojos, pelo y demás señales.
  • La fecha de expedición (fecha en que se tramitó).
  • La firma del menor, si puede firmar.
  • La firma auténtica del alcalde municipal que lo expide, la firma auténtica del empleado que lo ha extendido y el sello de la oficina respectiva.

¿Dónde lo emiten?

En las Alcaldías Municipales de cada departamento de El Salvador, y según sus propias reglas siempre apegadas a la ley antes mencionada. Tendrá vigencia para dos años contados a partir de la fecha de su expedición.

¿Cuál es el precio?

La ley menciona que su costo será de cinco colones, pero actualmente en El Salvador se usa el dólar. La Alcaldía de San Salvador cobra $0.57. Podría variar el costo en las otras municipalidades.

Información de apoyo 

  • Si quieres saber cómo tramitar la partida de nacimiento, puedes acceder al siguiente enlace: http://bit.ly/3JWn3aV 

Nota: si deseas recibir apoyo psicosocial u orientación sobre diferentes opciones de servicios en el país identificados en Cuéntanos, puedes escribirnos por WhatsApp https://wa.me/50377874224, Facebook Messenger o Instagram, todos los días de 7:00 a.m. a 7:00 p.m.

Fuentes de consulta