En este informativo conocerás sobre algunas definiciones de riesgos que se pueden sufrir en el uso de internet y también sobre algunas instituciones a donde puedes acudir en caso de estos delitos.
1. Ciberbullying
Es la acción donde una niña, niño o adolescente es acosada/o, molestada/o, amenazada/o, humillada/o, o abusada/o por otra niña, niño o adolescente, a través de medios y/o redes sociales digitales. Una de sus características es que el acoso sucede entre menores de edad, cuando es ejecutada por un mayor de edad, sería otro tipo de abuso.
Se puede manifestar en burlas, discriminación, racismo, insultos, hacer pública información o fotografías que avergüenzan a la persona, robo de identidad y suplantación, hasta amenazas de daño físico y otros cargos que pueden ser asignados como delitos.
Algunas formas de ciberbullying:
- El acoso por mensajería (WhatsApp, Facebook Messenger, Instagram, SMS).
- Robo de contraseñas de las redes sociales.
- Publicaciones ofensivas en blogs, foros, sitios web y redes sociales como Facebook, Instagram, Twitter u otras.
- Encuestas de popularidad para humillar o amedrentar.
2. Grooming:
Es el acoso en el que una persona adulta se pone en comunicación con un niño, niña o adolescente con el fin de ganarse su confianza para luego involucrarle en una actividad sexual. Consta de diferentes niveles de interacción y peligro: desde hablar de sexo y conseguir material íntimo, hasta llegar a mantener un encuentro sexual.
Algunos factores comunes que se pueden visualizar:
- La creación de un vínculo de confianza: en ocasiones se da por medio de sobornos o engaños, el agresor contacta con la niña, niño o adolescente y establece el vínculo de confianza. Acá finge otra edad, muy cercana a la de la persona, el abusador hace regalos, llegue a empatizar a un nivel profundo, haciendo que escucha sus problemas y aprovecha esa información para chantajear después.
- El aislamiento: quien agrede trata de eliminar la red de apoyo natural del o la menor (familiares, amistades, docentes, entre otros) dejándola desprotegida/o. Insiste en mantener todo oculto.
- La valoración de los riesgos: la persona agresora tiende siempre a asegurar su posición, así que suele preguntar si alguien más conoce su relación y averigua quién más tiene acceso al ordenador o dispositivo que utiliza.
- Conversaciones sobre sexo: ya en confianza, el abusador empieza a introducir conversaciones sexuales de manera paulatina.
- Las peticiones de naturaleza sexual: este es el objetivo principal del grooming online. En esta última fase se puede utilizar la manipulación, las amenazas, el chantaje o la coerción para que la niña, niño o adolescente le envíe material sexual, relate fantasías sexuales o que se realice un encuentro físico.
Mantener la comunicación con las y los menores de edad en la familia puede ser muy importante para prevenir que sean afectados/as por esos delitos o para ponerle un alto.
3. Sexting
Es la acción de enviar mensajes, fotos o vídeos de contenido erótico y sexual personal a través del celular, tablet o computadora mediante aplicaciones de mensajería instantánea o redes sociales, correos electrónicos u otro tipo de herramienta de comunicación. Normalmente, el envío o intercambio de fotos o vídeos se suele realizar de manera íntima entre dos personas, incluso en relaciones de pareja como “noviazgos, matrimonios, uniones libres, etc.”.
A pesar de ser en un ambiente íntimo, puede llegar a manos de otros/as usuarias y usuarios, si no se respeta esa intimidad o acuerdos previos entre la pareja. En algunos casos se incluyen amenazas, chantajes, intimidación o persuasión. En el caso de que se trate de una persuasión a una o un menor, podría tratarse de Grooming.
4. Sextorsión
Se basa en hacer creer a la usuaria o usuario de que se dispone de documentación relacionada con su vida sexual que puede resultar comprometedora si es divulgada.
La revelación no autorizada de datos personales y el acoso en medios virtuales también es un delito. Puedes conocer la Ley Especial Contra los Delitos Informáticos y Conexos en el siguiente enlace https://bit.ly/37LY8YC
¿Qué hacer si estás experimentando una de esas situaciones?
Puedes comentarlo con alguien de confianza o comunícate con una de las instituciones correspondientes:
- Puedes denunciar verbalmente o por escrito, igualmente puedes hacerlo personalmente o por medio de un apoderado (abogado).
- Si la sobreviviente o el sobreviviente es menor de edad, puedes dirigirte al CONAPINA (119).
- Si la sobreviviente es una mujer, puedes comunicarte con ISDEMU (126).
- La denuncia debe hacerse ante la Fiscalía General de la República, la Policía Nacional Civil o ante un Juzgado de Paz.
- Hazlo en el lugar que esté más cercano al domicilio de la persona sobreviviente y lo más pronto posible.
¿Cómo hacerlo?
- Recopila todas las pruebas que tengas y preséntalas, como capturas de pantalla o pruebas en dispositivos.
- Si cuentas con testigas/os, tienes que hacerles conciencia de que van a ser llamadas/os.
- Trata de proporcionar todos los datos que identifiquen a la persona denunciada.
Nota: si deseas recibir apoyo psicosocial u orientación personalizada de diferentes opciones de servicios en el país identificados en Cuéntanos, puedes escribirnos por WhatsApp https://wa.me/50377874224, Facebook Messenger o Instagram, todos los días de 7:00 a.m. a 7:00 p.m.
Fuentes de consulta:
- Gob.mx: ¿Qué es el ciberbullying?
- Universidad Continental: La Netiqueta y sus 10 Reglas Básicas
- Save the Children: Grooming, qué es, cómo detectarlo y prevenirlo
- Sitio web "Intramed.net": ¿Qué es el sexting?
- Diario de Hoy: ¿Tu hijo está siendo acosado en las redes sociales? Conoce qué puedes hacer