En el siguiente informativo podrás conocer algunas de las principales vulneraciones que viven las personas adultas mayores y cuáles son los derechos fundamentales que deben respetarse para que tengan una vida digna.
Población adulta mayor
Se considera adulta mayor a todo hombre y mujer que haya alcanzado los sesenta años de vida. Las personas en este rango etario, por sus condiciones biológicas y sociales, se consideran una población en situación de vulnerabilidad social, la cual puede estar determinada por:
- Carencia de recursos personales y económicos:
Según datos del Ministerio de Desarrollo Local (MINDEL), 37 mil adultos mayores de 70 años reciben una pensión básica de $50. Con dicha pensión deben suplir todas sus necesidades básicas. Hay que tomar en consideración que el costo por persona de la canasta básica en el país para mayo de 2024 fue de $64.
- Entornos familiares y comunitarios violentos:
De acuerdo con el Ministerio de Desarrollo Local (MINDEL) y al Fondo de Población de las Naciones Unidas (UNFPA), al menos 8 de cada 100 mujeres mayores de 65 años viven en un entorno violento, donde los principales tipos de violencia que sufren son patrimonial, física, psicológica/emocional y sexual. Además, la Policía Nacional Civil compartió que, del total de denuncias recibidas en 2021, el 5 de cada 100 corresponden a actos de violencia contra personas mayores de 60 años.
Si deseas saber qué hacer ante el maltrato de personas adultas mayores puedes revisar el siguiente informativo https://bit.ly/3MEo4GD
¿Las personas adultas mayores cuentan con un marco normativo de protección?
En El Salvador, la Ley de Atención Integral para la persona Adulta Mayor tiene por objeto garantizar y asegurar la protección de las personas adultas mayores y contribuir al fortalecimiento e integración de la familia. Para esto, el Consejo Nacional Integral de la Persona Adulta Mayor (CONAIPAM) es la entidad encargada de dar seguimiento a las acciones que el Estado salvadoreño realiza en virtud de asegurar que esta población tenga:
- El acceso a condiciones óptimas de salud
- Alimentación
- Vivienda
- Participación
- Educación
- Cultura
- Seguridad social
- Ejercicio pleno de su capacidad jurídica.
Asegurando para tal efecto los ajustes razonables necesarios y su protección en caso de vulneración de sus derechos, de acuerdo con el artículo 3 de la ley antes mencionada.
Derechos de las personas adultas mayores
Así, entre los derechos fundamentales que tienen las personas adultas mayores para proteger su pleno desarrollo se pueden mencionar los siguientes:
- No discriminación bajo ninguna razón (edad, sexo, género, ideología política, orientación sexual, entre otras).
- El respeto de la integridad personal, la cual incluye la integridad física, económica, psicológica, cultural, moral, emocional y sexual.
- Recibir un trato digno, respeto a su honor, intimidad personal y familiar.
- Recibir asistencia integral médica, geriátrica, nutricional y gerontológica, en forma oportuna y eficaz.
- Independencia y a la autonomía para tomar sus propias decisiones.
- Gozar de un nombre y una identificación adecuada que respete su personalidad.
- Residir en el domicilio de su preferencia, donde tenga condiciones dignas y satisfaga sus necesidades y viva tranquilamente.
- Contar con atención sanitaria especializada y recibirla en su domicilio, si fuera necesario.
- Disponer de espacios de formación continua, incluyendo el uso de nuevas tecnologías.
- Gozar de oportunidades laborales con un trato y una remuneración digna, donde no se les discrimine por su edad.
- Administrar sus propios bienes y recibir los frutos de estos.
- Movilidad y libre tránsito.
- Gozar de un entorno medioambiental sano y adecuado para la vida.
Más información
Existen entidades que brindan atención a personas adultas mayores, si deseas conocerlas puedes ingresar en el siguiente enlace https://bit.ly/3WTF1l0
Nota: si deseas recibir apoyo psicosocial u orientación sobre diferentes opciones de servicios en el país identificados en Cuéntanos, puedes escribirnos por WhatsApp, Facebook Messenger o Instagram, todos los días de 7:00 a.m. a 7:00 p.m.
Fuente de consulta
- Ministerio de Desarrollo Local: Transferencia monetaria
- Diario Co Latino: Canasta básica urbana aumenta
- República de El Salvador: Contribuciones del Estado de El Salvador sobre el disfrute de todos los derechos humanos por las personas de edad