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En este informativo te compartimos los pasos a seguir para solicitar asilo en Bélgica. 

Como requisitos indispensables tienes que encontrarte en Bélgica y presentar la solicitud de forma personal. Es decir, otra persona no podría iniciar el proceso a nombre tuyo y tampoco puedes hacerlo desde el extranjero. Si tienes hijos que son menores de 18 años, siguen el mismo procedimiento que el tuyo automáticamente. 

Puedes pedir asilo en 3 maneras:

  • En el centro de inscripción de la Oficina de Extranjería (OE), en la siguiente dirección: Boulevard Pacheco 44, 1000 Bruselas. 
  • Ante las autoridades en la frontera. Por ejemplo: en el aeropuerto.
  • En el centro penitenciario, en caso de que te encuentres en detenido/a. Puedes pedir asilo ante el director o cualquier empleado del centro. 

Luego que has registrado tu solicitud de asilo con la OE, continuarían los siguientes pasos:

  1. Hacer un registro de seguridad.
  2. Determinarían la veracidad de tu identidad. Tienes que presentar todos los documentos de identidad que tengas. 
  3. Búsqueda de asistencia de un intérprete si no hablas el idioma oficial de Bélgica. La OE decidirá en que idioma se hará el procedimiento (francés o neerlandés).
  4. Toma de huellas dactilares y de fotografía para verificar si estás registrado en otro país europeo, al que se le conoce como el examen de Dublín. 

Si tu proceso corresponde a otro país europeo, la OE le pedirá tramitar tu solicitud de asilo. Si acepta, deberás trasladarte hasta ese país. Puedes apelar ante el tribunal Consejo Contencioso de Extranjeros (CCE) si no estás de acuerdo con esta decisión.

Si el trámite de tu solicitud corresponde a Bélgica, la OE te invitará para una primera entrevista.

Primera entrevista.

Previo a la entrevista, llenarás un formulario en el que detallarás si tienes alguna dificultad física, y para indicar si deseas que la persona que te va a entrevistar sea del mismo sexo. 

En este punto, te harán preguntas sobre tu identidad, situación familiar, lugar de residencia y tus motivos para solicitar asilo. Esta entrevista será la base para la siguiente que será más profunda. 

Evaluación de expediente. 

Como siguiente paso, la OE transferirá tu expediente a la Comisaría General de Refugiados y Apátridas (CGRA). La CGRA lo examinará y evaluará si debe concederte asilo por haber pasado cualquiera de las siguientes situaciones de peligro:

  • Persecuciones debido a tu nacionalidad, etnia, opiniones políticas o religiosas, o por pertenecer a un determinado grupo social.
  • Guerra o violencia.
  • Tortura o un trato inhumano y humillante.

Segunda entrevista. 

Generalmente, se hacen preguntas más profundas en esta entrevista. El plazo para que te den cita puede variar, pero debes tomar en cuenta que el orden no influye en la decisión que se tomará al final. Comúnmente, se agenda la entrevista 4 meses después que el expediente haya sido transferido. 

Puedes contactar a un abogado/a para preparar tu entrevista. También es importante reunir todos los documentos de identificación y pruebas del porqué no puedes regresar a tu país de origen. 

La entrevista tiene lugar en: Rue Ernest Blerot 39, 1070 Bruselas. La invitación llegaría a la dirección que hayas colocado en el formulario. Tu abogado/a también recibiría una copia. 

Durante la entrevista, el oficial de protección de la CGRA te hará preguntas sobre: quién eres, de que origen eres, cómo era tu vida cotidiana en tu país, cómo llegaste a Bélgica, tus documentos, por qué abandonaste tu país y por qué no puedes regresar a tu país. 

Tiene una duración aproximada de tres a cuatro horas con una pausa transcurrida una y media. Puedes solicitar una copia de la entrevista, ya que el oficial de protección apunta todo en un informe. 

Decisión final

Después de la entrevista, la CGRA evaluará toda la información proporcionada, y tendrías respuesta en aproximadamente dos meses. Podría alargarse más si requirieran de información adicional.

Pueden notificarte cualquiera de los dos tipos de decisiones que dan derecho al asilo y a una residencia en Bélgica:

  • El estatuto de refugiado, que se brinda cuando estás en riesgo de persecución por tu nacionalidad, tu etnia, opiniones políticas o religiosas, o por pertenecer a un grupo social minoritario. 
  • El estatuto de protección subsidiaria, que se proporciona cuando no calificas para el estatus de refugiado. Sin embargo, corres peligro al regresar a tu país de sufrir daños graves por pena de muerte, tortura o trato inhumano y humillante o violencia arbitraria debido a guerra.

La decisión es negativa cuando no entras en ninguno de estos estatus. En ese caso, puedes apelar al Consejo Contencioso de Extranjeros. 

Nota: si deseas recibir apoyo psicosocial u orientación sobre diferentes opciones de servicios en el país identificados en Cuéntanos, puedes escribirnos por WhatsApp https://wa.me/50377874224, Facebook Messenger o Instagram, todos los días de 7:00 a.m. a 7:00 p.m.

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